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Una reforma legal suspende las visitas a los/as hijos/as de los padres maltratadores

Los hijos e hijas de las mujeres que sufren maltrato son reconocidos/as como víctimas directas de la violencia machista desde 2015, pero existen aún puntos negros que les dejan desprotegidos/as en un régimen jurídico continúa dando pasos hacia adelante. Una reciente reforma legal que ha entrado el 3 de septiembre, bloquea las visitas a los/as menores de progenitores que estén siendo investigados por maltrato. De esta forma consta en la redacción del artículo 94 del Código Civil publicada en el BOE el pasado 4 de junio.

El objetivo de la medida, que está incluida en la ley de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad, es dar a jueces/juezas las herramientas necesarias para poder modular los regímenes de visitas de forma rápida, frente a los procesos actuales más largos, si cree que esta decisión es lo más adecuado atendiendo al interés superior del niño. De esta forma se vela por el interés superior del menor, como exige la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.

Los/as jueces/juezas podrán establecer visitas «por el interés del menor», pero nunca si el padre está en prisión provisional o firme.

El principal objetivo de estas medidas es proteger a los/as niños/as y combatir la denominada violencia vicaria.

 

Puedes acceder a la información completa  https://www.elcorreo.com/sociedad/reforma-legal-bloquea-20210903104149-ntrc.html?edtn=bizkaia#vca=fixed-btn&vso=rrss&vmc=tw&vli=Sociedad&ref=http://m.facebook.com

 

 

 

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